Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II, VI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como el Decreto, por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido por el Presidente de la República y el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido por el Consejo de Salubridad General, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 y 30 de marzo de 2020, respectivamente; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, en términos del oficio número 317, de fecha 14 de diciembre del presente, así como del dictamen del Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, emitido en reunión extraordinaria celebrada el 14 del mes y año citados, Acuerda:
Primero.- Se autoriza a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, implementar la estrategia de dictaminación proactiva como riesgo de trabajo de los trabajadores de empresas afiliadas fallecidos o con secuelas debido a que padecieron formas graves de COVID-19, durante el periodo de contingencia. La estrategia deberá realizarse hasta que concluya la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2020.
Segundo.- La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales en colaboración con la Dirección de Prestaciones Médicas, desplegará un programa de capacitación para el personal médico del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre los Lineamientos de Detección de Riesgo de trabajo por COVID-19.
Tercero.- Se instruye a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice las gestiones necesarias ante las instancias competentes para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto.- El presente Acuerdo entrará en vigor desde la fecha de su aprobación, sin menoscabo de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
FUENTE: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609625&fecha=08/01/2021