Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer el control, fomento y vigilancia sanitaria de los productos del tabaco, su elaboración, fabricación, importación y prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos, así como la regulación para la protección contra la exposición al humo de tabaco y sus emisiones. Este Reglamento es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y sus disposiciones son de orden público e interés social.
Artículo 2.- ...
I. ...
II.         ÁREA FÍSICA CON ACCESO AL PÚBLICO, todo espacio cubierto por un techo o que tenga como mínimo dos paredes o muros, independientemente del material utilizado para su construcción y de que la estructura sea permanente o temporal;
III. ...
IV.        ESPACIO AL AIRE LIBRE, aquél que no tiene techo; ni está limitado por ninguna pared o muro, independientemente del material utilizado para su construcción y de que la estructura sea permanente o temporal;
IV Bis.   ESPACIO CERRADO, todo espacio público o privado que se encuentra total o parcialmente techado entre una o más paredes o muros, independientemente del material utilizado para su construcción y de que la estructura sea permanente o temporal, que sea un lugar accesible al público en general o de uso común;
...
 
Fecha de entrada en vigor: 15 de Enero del 2023