Movimientos transfronterizos de Residuos Peligrosos

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f) Movimientos transfronterizos de residuos peligrosos.

Importación y Exportación Definitiva: Realizar ante la DGGIMAR el trámite SEMARNAT-07-029 en la modalidad que aplique (Residuos Peligrosos u Otros Residuos previstos en Tratados Internacionales), así como la verificación por parte de la PROFEPA y la emisión del Registro de Verificación en los principales puntos de entrada y salida al país.

Importación Temporal: Realizar ante la DGGIMAR o la Ventanilla Digital el trámite SEMARNAT-07-021, en la(s) modalidad(es) que aplique, de conformidad con el Anexo III del presente Acuerdo, el cual podrá ser verificado por la PROFEPA posterior al movimiento de importación.

Retorno de residuos peligrosos: Realizar ante la DGGIMAR o la Ventanilla Digital el trámite SEMARNAT-07-021, en la(s) modalidad(es) que aplique, así como la verificación por parte de la PROFEPA y la emisión del Registro de Verificación en los principales puntos de salida al país.

Los formatos que deberán ser utilizados, según sea el caso, son:

SEMARNAT-07-029 Autorización para Movimiento Transfronterizo de Residuos Peligrosos y Otros Residuos Previstos en Tratados Internacionales

SEMARNAT-07-021 Aviso de Materiales Importados de Régimen Temporal, Retorno de sus Residuos Peligrosos y Reciclaje de Residuos Peligrosos No Retornados.

PROFEPA-03-004-D Registro de Verificación: Modalidad D Formato RV-RMP-1 materiales y residuos peligrosos cuya finalidad sea el comercio, la industrialización, la reutilización, el reciclaje, el co-procesamiento o el tratamiento de estos (Formato: FF-PROFEPA-006).

PROFEPA-03-004-E Registro de Verificación: Modalidad E: RV-RMP-2 materiales y residuos peligrosos cuya finalidad sea diferente al comercio e industrialización, disposición final, incineración de estos en el país importador (Formato: FF-PROFEPA-007).

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Fecha de entrada en vigor: 8 de Octubre del 2022

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5667507&fecha=07/10/2022